Bancos dicen SB debe dar contratos a ProConsumidor.
Plantean que aunque no se oponen a la exigencia, no les corresponde a ellos.
Superintendencia de Bancos.
SD. Las entidades bancarias y financieras del país manifestaron ayer que es a la Superintendencia de Bancos a quien corresponde poner en manos del Instituto Nacional de Protección al Consumidor (ProConsumidor) los contratos de adhesión con sus clientes.
En un comunicado, la Asociación de Bancos Comerciales de la República Dominicana (ABA), la Liga Dominicana de Asociaciones de Ahorros y Préstamos (LIDAP) y la Asociación de Bancos de Ahorro y Crédito y Corporaciones de Crédito (ABANCORD) subrayaron que hacen esta afirmación en base de un acuerdo interinstitucional que ambas instituciones suscribieron el 10 de marzo de 2010 para armonizar sus competencias y actuaciones específicas frente a las entidades de intermediación financiera.
Expresaron que, al cumplir el acuerdo, "todas las partes estaríamos actuando con la transparencia que el país requiere" y subrayaron que se acogen al hecho de que la Ley Monetaria y Financiera faculta a la Junta Monetaria, como órgano superior de la administración monetaria y financiera, a reglamentar lo relativo a la protección de los usuarios de los servicios financieros.
Reconocieron que la ley 358-05 sobre protección a los derechos del consumidor faculta a ProConsumidor a llevar un registro de los contratos de adhesión, pero subrayaron que esta legislación se define a sí misma como supletoria, es decir complementaria, frente a las leyes sectoriales, como la Ley Monetaria y Financiera.
Ese contexto, indicaron que desde el 2006 los intermediarios financieros han entregado a la SB, como disponen las normas, todos y cada uno de los modelos de contratos de adhesión, así como cada una de sus modificaciones en cumpliendo con los reglamentos emitidos por la Junta Monetaria y los instructivos de la Dirección de Protección a los Derechos de los Usuarios.
En un comunicado, la Asociación de Bancos Comerciales de la República Dominicana (ABA), la Liga Dominicana de Asociaciones de Ahorros y Préstamos (LIDAP) y la Asociación de Bancos de Ahorro y Crédito y Corporaciones de Crédito (ABANCORD) subrayaron que hacen esta afirmación en base de un acuerdo interinstitucional que ambas instituciones suscribieron el 10 de marzo de 2010 para armonizar sus competencias y actuaciones específicas frente a las entidades de intermediación financiera.
Expresaron que, al cumplir el acuerdo, "todas las partes estaríamos actuando con la transparencia que el país requiere" y subrayaron que se acogen al hecho de que la Ley Monetaria y Financiera faculta a la Junta Monetaria, como órgano superior de la administración monetaria y financiera, a reglamentar lo relativo a la protección de los usuarios de los servicios financieros.
Reconocieron que la ley 358-05 sobre protección a los derechos del consumidor faculta a ProConsumidor a llevar un registro de los contratos de adhesión, pero subrayaron que esta legislación se define a sí misma como supletoria, es decir complementaria, frente a las leyes sectoriales, como la Ley Monetaria y Financiera.
Ese contexto, indicaron que desde el 2006 los intermediarios financieros han entregado a la SB, como disponen las normas, todos y cada uno de los modelos de contratos de adhesión, así como cada una de sus modificaciones en cumpliendo con los reglamentos emitidos por la Junta Monetaria y los instructivos de la Dirección de Protección a los Derechos de los Usuarios.
De Diario Libre