SCJ ratifica legalidad convenios protección
El Estado cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas
La SCJ acogió la petición.
SD. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia ratificó la constitucionalidad del protocolo relativo al Convenio para la protección y el desarrollo del medio marino de la región del Caribe.
Al acoger una petición del presidente Leonel Fernández, quien solicitó a la SCJ ejercer el control preventivo de la constitucionalidad, el tribunal declaró que no existe impedimento alguno para que el Poder Ejecutivo proceda a someterlo al Congreso para los trámites constitucionales correspondientes.
Establece que toda persona tiene derecho, tanto de modo individual como colectivo, al uso y goce sostenible de los recursos naturales.
También habitar en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo y preservación de las distintas formas de vida, del paisaje y de la naturaleza.
Prohíbe la introducción, desarrollo, producción, tenencia, comercialización, transporte, almacenamiento y uso de armas químicas, biológicas y nucleares y de agroquímicos vedados internacionalmente, además de residuos nucleares, desechos tóxicos y peligrosos.
El Estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de tecnologías y energías alternativas no contaminantes.
En los contratos que el Estado celebre o en los permisos que se otorguen que involucren el uso y explotación de los recursos naturales, se considerará incluida la obligación de conservar el equilibrio ecológico, el acceso a la tecnología y su transferencia, así como de restablecer el ambiente a su estado natural, si éste resulta alterado.
Al acoger una petición del presidente Leonel Fernández, quien solicitó a la SCJ ejercer el control preventivo de la constitucionalidad, el tribunal declaró que no existe impedimento alguno para que el Poder Ejecutivo proceda a someterlo al Congreso para los trámites constitucionales correspondientes.
Establece que toda persona tiene derecho, tanto de modo individual como colectivo, al uso y goce sostenible de los recursos naturales.
También habitar en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo y preservación de las distintas formas de vida, del paisaje y de la naturaleza.
Prohíbe la introducción, desarrollo, producción, tenencia, comercialización, transporte, almacenamiento y uso de armas químicas, biológicas y nucleares y de agroquímicos vedados internacionalmente, además de residuos nucleares, desechos tóxicos y peligrosos.
El Estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de tecnologías y energías alternativas no contaminantes.
En los contratos que el Estado celebre o en los permisos que se otorguen que involucren el uso y explotación de los recursos naturales, se considerará incluida la obligación de conservar el equilibrio ecológico, el acceso a la tecnología y su transferencia, así como de restablecer el ambiente a su estado natural, si éste resulta alterado.
De Federico Méndez Redactor Senior