Pared Pérez defiende al Poder Ejecutivo para observar leyes
Dice que es facultad constitucional del Presidente de la República para objetar las leyes
Pared Pérez
SANTO DOMINGO.- El secretario general del Partido de la Liberación Dominicana y presidente del Senado de la República entiende que con las declaraciones contra la observación del Presidente de la República a la Ley del Consejo Nacional de la Magistratura se presiona al Congreso de la República y al propio Poder Ejecutivo.
Reinaldo Pared Pérez defendió la facultad constitucional del Presidente de la República para objetar las leyes debidamente aprobadas por el Congreso Nacional.
"Es una atribución exclusiva del Presidente de la República previsto en los artículos ciento uno y ciento dos de la Constitución de la República" declaró Pared Pérez a los periodistas que le abordaron la tarde de este miércoles en el Senado de la República.
Citando el artículo 103 de la Carta Magna, dijo que al Congreso Nacional hasta se les dan dos legislaturas ordinarias para decidir sobre una observación del Ejecutivo y de lo contrario se dará por aceptada dicha observación.
"Esa afirmación constituye un exceso" dijo Pared Pérez al referirse a las declaraciones de la víspera del presidente del Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP), Manuel Diez Cabral, en el sentido de que las observaciones formuladas por el Presidente de la República a la ley que crea el Tribunal Constitucional, constituye una amenaza al orden constitucional.
Invitó a la cúpula empresarial o a sus asesores a leer detenidamente el articulado en la Carta Magna que rige el derecho que tiene el Presidente de la República para hacer las objeciones que considere pertinentes a las leyes conocidas y aprobadas por el congreso.
Observa que ante la cercanía de la constitución de órganos importantes del Estado existen "sectores que quieren colocar sus representantes" anotó Pared Pérez a los periodistas, refiriéndole que eso es lo que está en juego.
Reinaldo Pared Pérez defendió la facultad constitucional del Presidente de la República para objetar las leyes debidamente aprobadas por el Congreso Nacional.
"Es una atribución exclusiva del Presidente de la República previsto en los artículos ciento uno y ciento dos de la Constitución de la República" declaró Pared Pérez a los periodistas que le abordaron la tarde de este miércoles en el Senado de la República.
Citando el artículo 103 de la Carta Magna, dijo que al Congreso Nacional hasta se les dan dos legislaturas ordinarias para decidir sobre una observación del Ejecutivo y de lo contrario se dará por aceptada dicha observación.
"Esa afirmación constituye un exceso" dijo Pared Pérez al referirse a las declaraciones de la víspera del presidente del Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP), Manuel Diez Cabral, en el sentido de que las observaciones formuladas por el Presidente de la República a la ley que crea el Tribunal Constitucional, constituye una amenaza al orden constitucional.
Invitó a la cúpula empresarial o a sus asesores a leer detenidamente el articulado en la Carta Magna que rige el derecho que tiene el Presidente de la República para hacer las objeciones que considere pertinentes a las leyes conocidas y aprobadas por el congreso.
Observa que ante la cercanía de la constitución de órganos importantes del Estado existen "sectores que quieren colocar sus representantes" anotó Pared Pérez a los periodistas, refiriéndole que eso es lo que está en juego.
De Diario Libre