Jueza asegura testimonio robustece caso contra Sobeida
La magistrada dispuso que la imputada continúe en prisión.
Sobeida Félix Morel guarda prisión en Najayo.
SANTO DOMINGO. La jueza del Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Claribel Nivar Arias, aseguró que al momento de practicarse el allanamiento, en el apartamento de Sobeida Félix Morel, el 14-B, de la torre Alco Paradisso, en el exclusivo sector La Esperilla, ésta se encontraba viviendo en lugar y tenía bajo su responsabilidad la llave del 15-B en el cual supuestamente vivía su concubino, el boricua José David Figueroa Agosto.
En su resolución, de 214 páginas, la magistrada expone que el Ministerio Público presentó en sustento de su teoría, elementos de pruebas certificantes, vinculantes y directas, los cuales, en un eventual juicio de fondo habrían de deponer acerca de la manera en que la procesada compra una yipeta Land Rover, Modelo Range Rover, placa G184464, pagando en efectivo una parte y otra a través de la entrega de otro vehículo; los apartamentos 14-B y 15-B de la torre Alco Paradisso; así como también los contratos de compra-venta de esos inmuebles por un monto de US$590,000.00 y US$605,000.00, de fecha 27/05/08 y 09/06/08, respectivamente, pagando en efectivo una gran parte del valor de los mismos.
Sostuvo que las pruebas testimoniales producidas de manera excepcional en la audiencia, resultan insuficientes para sostener el ofrecimiento propuesto por su defensa, "toda vez, que dichos testigos no arrojaron luz al proceso en lo que concierne a la teoría de la defensa, sino que en contrario, robustecieron la tesis del acusador público".
Especifica que con el testigo Elvys Florencio Soriano Familia, coronel de la Policía, se afianzó todo lo relativo al proceso del allanamiento e incautación, así como las imputaciones en contra de Félix Morel.
La jueza Nivar Arias considera que el hecho de que la imputada haya recibido por parte de la justicia la oportunidad de enfrentar su proceso en libertad y ésta haya burlado el sistema de seguridad al darse a la fuga, con Figueroa Agosto, establecen su posible participación en actividades relacionadas con el lavado de activos.
En su resolución, de 214 páginas, la magistrada expone que el Ministerio Público presentó en sustento de su teoría, elementos de pruebas certificantes, vinculantes y directas, los cuales, en un eventual juicio de fondo habrían de deponer acerca de la manera en que la procesada compra una yipeta Land Rover, Modelo Range Rover, placa G184464, pagando en efectivo una parte y otra a través de la entrega de otro vehículo; los apartamentos 14-B y 15-B de la torre Alco Paradisso; así como también los contratos de compra-venta de esos inmuebles por un monto de US$590,000.00 y US$605,000.00, de fecha 27/05/08 y 09/06/08, respectivamente, pagando en efectivo una gran parte del valor de los mismos.
Sostuvo que las pruebas testimoniales producidas de manera excepcional en la audiencia, resultan insuficientes para sostener el ofrecimiento propuesto por su defensa, "toda vez, que dichos testigos no arrojaron luz al proceso en lo que concierne a la teoría de la defensa, sino que en contrario, robustecieron la tesis del acusador público".
Especifica que con el testigo Elvys Florencio Soriano Familia, coronel de la Policía, se afianzó todo lo relativo al proceso del allanamiento e incautación, así como las imputaciones en contra de Félix Morel.
La jueza Nivar Arias considera que el hecho de que la imputada haya recibido por parte de la justicia la oportunidad de enfrentar su proceso en libertad y ésta haya burlado el sistema de seguridad al darse a la fuga, con Figueroa Agosto, establecen su posible participación en actividades relacionadas con el lavado de activos.
De federico méndez redactor senior
diariolibre.com