No laborables el sábado 15, domingo 16 y el lunes 17.
Mediante el decreto número 264-10, el presidente Leonel Fernández exceptuó de la aplicación de esta normativa a las entidades de servicio público como hospitales, bomberos, transportes, guardianes privados y otros similares quienes deberán realizar sus servicios de manera habitual.
Destaca que en esos casos, los empleadores y directores de las entidades de servicio deberán adoptar las medidas que permitan el ejercicio del derecho al voto de sus trabajadores o empleados.
El decreto establece que los ministerios de Trabajo, Interior y Policía y la Junta Central Electoral son los responsables de su aplicación.
El Poder Ejecutivo emitió el decreto este jueves 13.
El Poder Ejecutivo emitió el decreto este jueves 13.
De Diario Libre