EE.UU. no acepta ciudadanos como diplomáticos
santo domingo. Al nuevo gobierno encabezado por Danilo Medina le falta nombrar o ratificar más funcionarios, entre ellos, muchos del servicio exterior. Ante esta situación, la embajada estadounidense en Santo Domingo afirmó ayer que "el Gobierno de Estados Unidos no acepta ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales como agentes diplomáticos".
La aclaración se produjo a raíz de una inquietud tramitada por el director de DL, Adriano Miguel Tejada, a esa legación sobre si un residente legal o ciudadano norteamericano puede ser diplomático o funcionario consular en Estados Unidos, aún si, en el caso último, tiene la doble nacionalidad.
"Hay una ley que prohíbe a quienes no están acreditados por el Gobierno de los Estados Unidos como agentes diplomáticos de representarse a sí mismos como tales, de conformidad con la Sección 18 EE.UU. código 915... Si un ciudadano estadounidense tiene otra nacionalidad, las condiciones anteriores siguen siendo válidas, ya que es un ciudadano estadounidense", explicó la consejera de Asuntos Públicos, Judith Ravin.
Se recuerda que a finales del año pasado se desató un conflicto en el Consulado en Boston, luego de que se denunciara que el nuevo diplomático nombrado, Miguel Andújar, rehúsaba renunciar a su condición de residente de los Estados Unidos para acreditarse ante el Departamento de Estado como funcionario dominicano.
La Embajada de EE.UU. en República Dominicana citó el artículo 8 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, del 18 de abril de 1961, que dice que "los miembros del personal diplomático de la misión habrán de tener, en principio, la nacionalidad del Estado acreditante".
La Convención también establece que "los miembros del personal diplomático de la misión no podrán ser elegidos entre personas que tengan la nacionalidad del Estado receptor, excepto con el consentimiento de ese Estado, que podrá retirarlo en cualquier momento".
El Censo realizado en 2010 en los Estados Unidos cuantificó en 1.4 millones la diáspora dominicana en esa nación.
La Embajada enfatizó que "los Residentes Legales Permanentes (LPR, por sus siglas en inglés) y los ciudadanos americanos (AmCits) pueden ocupar puestos de personal administrativo y técnico o de servicio en la embajada, o ser empleados consulares o puestos administrativos en un consulado. Ellos no reciben ningún privilegio o inmunidad que de otra manera acompañan a estas posiciones".
"Si un ciudadano estadounidense tiene otra nacionalidad, las condiciones anteriores siguen siendo válidas, ya que es un ciudadano estadounidense", concluye.